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PRODH; Legisladores se lanzan contra la protesta social en la Ciudad de México

18 de abril de 2014

Viernes 18 de abril de 2014

La iniciativa de la Ley de Manifestaciones Públicas en el Distrito Federal es violatoria a los artículos 19 y 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), al 13 y 15 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, a los artículos IV y XXI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, así como a los numerales 19 y 20 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Asimismo, las organizaciones de derechos humanos señalaron que la iniciativa panista viola los artículos 122 —sobre competencias legislativas del DF— en relación con los artículos 1 (principio pro persona, progresividad-no regresividad, interpretación conforme y control de convencionalidad); 6 (expresión); 9 (asociación) así como 14 y 16 (legalidad y seguridad jurídica) de la Constitución Política Mexicana.

Resulta falaz que mediante tal propuesta legislativa se busque “equilibrar” los derechos de manifestantes y de terceros, como si éstos estuvieran en abierto conflicto y contraposición. Se parte de la falsa premisa de que ejercer el derecho a protestar obstaculiza absolutamente el derecho a la libre circulación. La intención real es reducir los derechos a la libre manifestación de ideas, asociación y petición a su mínima expresión mediante una ley que establece requisitos y sanciones desproporcionados.

Legisladores se lanzan contra la protesta social en la Ciudad de México

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Marcha contra la imposición, imagen de archivo/Foto: César Martínez

México, DF.- Se prevé que hoy, día de los Derechos Humanos, las comisiones unidas del Distrito Federal y de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados voten el dictamen de la Ley de Manifestaciones Públicas en el Distrito Federal el cual contraviene la Constitución y principios internacionales de derechos humanos.

Después de un análisis puntual de la iniciativa presentada por el diputado panista, Jorge Sotomayor, decenas de organizaciones afirmaron mediante un comunicado que, de aprobarse dicha iniciativa de ley, se daría un importante retroceso en materia de protección y garantía de libertades y derechos humanos en la Ciudad de México.

De acuerdo con las organizaciones, la intención del diputado Sotomayor, junto con su grupo parlamentario, es aprobarla con celeridad sin escuchar a grupos especializados en derechos humanos, sin recoger las críticas al texto y en el marco de un debate plural y público con la sociedad.

La iniciativa de la Ley de Manifestaciones Públicas en el Distrito Federal es violatoria a los artículos 19 y 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), al 13 y 15 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, a los artículos IV y XXI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, así como a los numerales 19 y 20 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Asimismo, las organizaciones de derechos humanos señalaron que la iniciativa panista viola los artículos 122 —sobre competencias legislativas del DF— en relación con los artículos 1 (principio pro persona, progresividad-no regresividad, interpretación conforme y control de convencionalidad); 6 (expresión); 9 (asociación) así como 14 y 16 (legalidad y seguridad jurídica) de la Constitución Política Mexicana.

Resulta falaz que mediante tal propuesta legislativa se busque “equilibrar” los derechos de manifestantes y de terceros, como si éstos estuvieran en abierto conflicto y contraposición. Se parte de la falsa premisa de que ejercer el derecho a protestar obstaculiza absolutamente el derecho a la libre circulación. La intención real es reducir los derechos a la libre manifestación de ideas, asociación y petición a su mínima expresión mediante una ley que establece requisitos y sanciones desproporcionados.

La iniciativa panista, secundada por algunos diputados y diputadas del PRI, se basa en violaciones al principio de legalidad, tales como: pretender regular actos de competencia exclusiva del DF como son temas de “justicia cívica sobre faltas de policía y buen gobierno” asimismo, contemplar sanciones privativas de la libertad (arrestos) que generan un efecto inhibidor en la sociedad para ejercer el derecho a la libertad de protesta. La ambigüedad de varios artículos (conceptos o supuestos) daría pie al uso discrecional y arbitrario de la ley afectando el derecho fundamental a la certeza jurídica.

La iniciativa del diputado Sotomayor de manera ilegal y contraria al derecho a la libertad de expresión establece tiempos de solicitud (48 horas previas) para obtener el permiso y autorización, otorgando facultades discrecionales a las autoridades para otorgar éstos. La autoridad puede no otorgar permisos para llevar a cabo una manifestación o, en su caso, decidir realizar modificaciones al horario, fecha y recorrido de la misma con base en criterios poco claros.

La iniciativa no sólo busca sobre regular el derecho a la protesta, sino que inhibir el uso del espacio público para fines políticos y sociales. De consumarse la aprobación de la Ley de Manifestaciones, los derechos a la libertad de expresión, asociación y manifestación se verían gravemente afectados.

Entre las organizaciones que emitieron el comunicado se encuentran Artículo 19, Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan”, A.C., Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria OP”, A.C., Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro Juárez”A.C., FUNDAR, Centro de Análisis e Investigación, Propuesta Cívica, Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todos y Todas”, entre otras.


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