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Zapateando; Condenó al Estado mexicano por violar leyes nacionales e internacionales sobre derecho humano al agua: Tribunal Latinoamericano del Agua

06 de diciembre de 2012

Jueves 6 de diciembre de 2012, por acuddeh

Respecto a la criminalización y persecución de defensores ambientales algunos ejemplos que mencionó la ANAA son: el pueblo de San Salvador Atenco en mayo de 2006, Santa Ana Xalmimilulco, Puebla, en mayo de 2007; Xoxocotla, Morelos, octubre de 2008; Mazatlán Sinaloa, por la presa Picachos, en abril de 2012, San José del Progreso, Oaxaca, con tres muertos solamente en 2012; San Francisco Xochicuautla, Estado de México, 30 de abril de 2012; así como crímenes contra defensores ambientales, algunos de ellos: Aldo Zamora estado de México, asesinado el 15 de mayo de 2007; Fernando Mayén Sánchez, Estado de México, asesinado el 12 de marzo de 2008; Miguel Ángel Pérez Cazales, Morelos, secuestrado, torturado y asesinado el 31 de octubre de 2009; Mariano Abarca, Chiapas, asesinado el 27 de noviembre de 2009; Bety Cariño y Jyri Jaakkola, asesinados en Oaxaca el 27 de abril de 2012; Pedro Leyva Domínguez, Michoacán, asesinado el 6 de octubre de 2011; Trinidad de la Cruz, también de Ostula, Michoacán, asesinado el 7 de diciembre de 2011; Marcial Bautista y Eva Alarcón, Guerrero, desaparecidos el 7 de diciembre de 2011; Bernardo Vázquez Sánchez, Oaxaca, asesinado el 15 de marzo de 2012.

Condenó al Estado mexicano por violar leyes nacionales e internacionales sobre derecho humano al agua: Tribunal Latinoamericano del Agua
por zapateando

Posible colapso hídrico en México: ANAA

La mayor crisis socioambiental en la historia del país

Desviación de poder a favor de grupos y empresas privadas

Veredicto Caso Colapso Medioambiental – México

“El Estado mexicano ha propiciado la mayor crisis socioambiental en la historia del país, a través de la aplicación de políticas de libre comercio, durante las últimas tres décadas”, ya que, “por medio del delito de desviación de poder, favorece los intereses de grupos y empresas privadas, nacionales y extranjeras, permitiéndoles apropiarse de los bienes naturales del país, en perjuicio de la población mexicana”, tal fue la denuncia que la Asamblea Nacional de Afectados Ambientales (ANAA, http://www.afectadosambientales.org/ ) llevó ante el Tribunal Latinoamericano del Agua (TLA, http://tragua.com/ ), en su audiencia pública del 6 de noviembre de 2012, donde se presentaron casos sobre controversias hídricas en México, Perú, Chile y Argentina.

La demanda presentada por la ANAA se llama “Posible colapso hídrico en México y violación del derecho humano al agua de sus presentes y futuras generaciones, República de los Estados Unidos Mexicanos”, y es un documento de más de 600 cuartillas. Así lo informaron integrantes de la ANAA, con la presencia de Javier Bogantes, presidente del TLA, durante la mañana del 6 de diciembre en el Foro del Agua México DF, en el Club de Periodistas.

“El Estado mexicano ha manipulado las leyes y corrompido a las instituciones públicas para negar el ejercicio de los derechos de los pueblos de México a la justicia, a un medio ambiente sano, a la consulta, al consentimiento previo e informado, a la alimentación, a la vivienda, a la autodeterminación, a la petición, al desarrollo y al territorio entre muchos otros”, dijo Octavio Rosas Landa, académico de la Facultad de Economía de la UNAM e integrante del grupo de asesores de la ANAA, al exponer “la destrucción del sistema hídrico nacional”, como la denunciaron ante el TLA. Además, expuso Rosas Landa, “el Estado mexicano ha criminalizado y perseguido a los defensores del medio ambiente”.

Mediante los ejemplos de apenas algunos de los más de 220 casos de conflictos socioambientales activos que la ANAA ha documentado, expuso que el Estado mexicano propicia la contaminación de los suelos, el aire y las aguas del país”. Algunos de los ejemplos que comentó brevemente fueron la contaminación en Perote, en los límites entre los estados de Puebla y Veracruz, por las granjas de cerdos Carroll, filial de Smithfield, donde se sospecha que nació el virus de la influenza H1N1, por cuya pandemia han muerto en el mundo 14 mil personas, cuyas muertes deben sumarse al saldo de la guerra de Calderón; la contaminación en El Salto, Jalisco, que compite con Coatzacoalcos, Veracruz, por el lugar número uno como municipio más contaminado del país; el rio Lerma en el estado de México, convertido en un basurero; la crisis de la basura en Cuernavaca, Morelos; Villa Alta, Tlaxcala; la minera San Xavier en el Cerro de San Pedro en San Luis Potosí; el municipio de Coatzacoalcos, Veracruz, donde los científicos que la han estudiado equiparan la contaminación a la que había en Hiroshima después de la bomba nuclear; la cuenca de la Independencia en Guanajuato; la presa Endhó en Tula, Hidalgo, donde se concentran todos los excrementos del Distrito Federal y el área conurbada a la ciudad de México; el vaso de Texcoco, Estado de México.

Algunos de los medios empleados por el Estado mexicano para desviar el poder son: “ha abdicado de su deber constitucional de garantizar que las leyes ofrezcan condiciones suficientes y adecuadas para un desarrollo nacional integral y sustentable, que promueva la justa distribución de la riqueza y el ingreso”. Lo cual ha efectuado mediante “la adecuación o promulgación de leyes que otorgan derechos y facultades excepcionales al capital privado, por encima de los derechos de los pueblos”. Ejemplos de ello, la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley de Aguas Nacionales, la Ley Minera, la Ley de Bioseguridad y Organismos Genéticamente Modificados (conocida como Ley Monsanto, además comentó que antes de irse Calderón dejó las iniciativas de ley para sembrar maíz transgénico en Tamaulipas y Sinaloa, los proveedores de maíz de todo México, y otro que destruye el ejido y las tierras comunales mexicanas); y la Ley de Asociaciones Públicas-Privadas.

A esto se suma “la omisión de las autoridades ambientales y de salud en la aplicación de las normas y leyes que aun conservan rastros de capacidad regulatoria” como la NOM-083-Semarnat-2003 relativa a las disposiciones de los sitios de disposición final de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, donde una de las disposiciones de la ley prácticamente exime a las empresas de cumplirla.

Asimismo, el Estado mexicano ha reducido el procedimiento de autorización de impacto ambiental de obras y actividades de alto impacto a “un mero trámite administrativo que las autoridades otorgan prácticamente sin realizar consultas a las comunidades afectadas o grupos académico científicos independientes, a partir de criterios que contemplen impactos acumulativos, o principios científicos de precaución, interdisciplinariedad y certeza científica”.

El Estado mexicano ha eliminado “de facto los procedimientos de sanción y castigo a los responsables de la sobreexplotación y destrucción de ecosistemas, ríos, bosques, biodiversidad y el patrimonio biocultural de los pueblos de México al favorecer mecanismos de “autorregulación” de las empresas privadas”.

El Estado mexicano ha incurrido en la “manipulación y ocultamiento de información relevante sobre los impactos ambientales, sociales, económicos y culturales de la destrucción de las condiciones ambientales del país, así como respecto a las víctimas directas o indirectas de las omisiones del Estado y el incumplimiento de las leyes por parte de las empresas públicas y privadas”. Por ejemplo: “Los informes sobre la situación del medio ambiente que por ley debe publicar bianualmente el Estado omiten toda referencia a las víctimas de la degradación ambiental del país.”

Asimismo, denunciaron el “incumplimiento de sentencias judiciales y recomendaciones de organismos de derechos humanos cuando estos favorecen a las comunidades afectadas”, como en los casos: Minera San Xavier, Cerro de San Pedro, San Luis Potosí; Presa hidroeléctrica La Parota, Acapulco, Guerrero; presa El Zapotillo, Temacapulín, Acasico y Palmarejo, Jalisco; Supervía Poniente, Magdalena Contreras, Distrito Federal.

También denunciaron ante el TLA la “criminalización de los defensores ambientales del país, que se expresa en represiones violentas, amenazas, persecuciones jurídicas y políticas, así como atentados, secuestros, desapariciones e incluso asesinatos de activistas ambientales comunitarios”.

Entre los resultados de la desviación de poder del estado mexicano está la destrucción del sistema hídrico nacional; la reducción de la disponibilidad de agua dulce para consumo humano de un 75 por ciento en 60 años; la disminución drástica de la calidad del agua para consumo humano; el aumento de los acuíferos contaminados y sobreexplotados; contaminación de los ríos y cuerpos de agua superficiales: 70 por ciento de los ríos están fuertemente contaminados.

Por la denunciada desviación de poder, el Estado mexicano ha “autorizado grandes proyectos de infraestructura que propician despojos de tierras y aguas, así como la contaminación y destrucción de recursos y patrimonio de las comunidades” con presas hidroeléctricas, presas para trasvase de ríos, carreteras y libramientos privados; infraestructura energética; así como la autorización de grandes negocios para la extracción de recursos, el confinamiento de residuos y la construcción de grandes proyectos inmobiliarios, tales como: minería, deforestación y tala clandestina, rellenos sanitarios y confinamiento de residuos tóxicos y peligrosos, proyectos inmobiliarios y urbanización salvaje, megaproyectos turísticos y destrucción de sitios sagrados.

Asimismo, esta política de Estado mexicano ha propiciado la contaminación de aguas, suelos y aire que generan graves afectaciones a la salud, como la contaminación de ríos y acuíferos, la generación de más de 220 conflictos socioambientales “ocasionados por las políticas económicas de libre comercio y desregulación ambiental”.

Respecto a la criminalización y persecución de defensores ambientales algunos ejemplos que mencionó la ANAA son: el pueblo de San Salvador Atenco en mayo de 2006, Santa Ana Xalmimilulco, Puebla, en mayo de 2007; Xoxocotla, Morelos, octubre de 2008; Mazatlán Sinaloa, por la presa Picachos, en abril de 2012, San José del Progreso, Oaxaca, con tres muertos solamente en 2012; San Francisco Xochicuautla, Estado de México, 30 de abril de 2012; así como crímenes contra defensores ambientales, algunos de ellos: Aldo Zamora estado de México, asesinado el 15 de mayo de 2007; Fernando Mayén Sánchez, Estado de México, asesinado el 12 de marzo de 2008; Miguel Ángel Pérez Cazales, Morelos, secuestrado, torturado y asesinado el 31 de octubre de 2009; Mariano Abarca, Chiapas, asesinado el 27 de noviembre de 2009; Bety Cariño y Jyri Jaakkola, asesinados en Oaxaca el 27 de abril de 2012; Pedro Leyva Domínguez, Michoacán, asesinado el 6 de octubre de 2011; Trinidad de la Cruz, también de Ostula, Michoacán, asesinado el 7 de diciembre de 2011; Marcial Bautista y Eva Alarcón, Guerrero, desaparecidos el 7 de diciembre de 2011; Bernardo Vázquez Sánchez, Oaxaca, asesinado el 15 de marzo de 2012.

Por todos estos hechos, documentados por la ANAA, pidieron al TLA: “condene la situación del agua en México”; eleve esta condena a la ONU y la invite a que envíe a México un visitador o relator especial que reconozca, evalúe y, en su caso, denuncie la crisis construida hídrico-ambiental mexicana; recomiende a las autoridades competentes una auditoria integral y pública a todo el sector del medio ambiente y recursos naturales del país;, haciendo especial énfasis en el subsector hídrico; entre otras demandas relacionadas con el cumplimiento de las leyes mexicanas e internacionales en la materia.

La necesidad de recurrir a tribunales internacionales como el TLA es porque nuestros tribunales en México “no sirven, no funcionan” dijo Alejandra Méndez Serrano. La sentencia contra el Estado mexicano y a favor de la ANAA, coincidieron Rosas Landa, Alejandra Méndez, de Tlaxcala, y Rodolfo Chávez, de La Parota, es una herramienta para todas las personas que en México defienden el agua y el medio ambiente.

El TLA, en sesión en Buenos Aires, Argentina, del 5 al 9 de noviembre de 2012, hizo una serie de recomendaciones, firmadas por Phillipe Texier (Francia), Alexandre Camanho (Brasil), Silvia Nonna (Argentina), Giselle Boza (Costa Rica) y Ariosto Otero (México):

El tribunal resolvió: “Condenar al Estado mexicano por la violación a los tratados internacionales y al ordenamiento jurídico mexicano que garantizan el derecho al agua como derecho humano fundamental y la incapacidad de las autoridades del ejecutivo, legislativo y judicial para establecer mecanismos efectivos de acceso a la justicia ambiental”.

También: “reconocer el creciente deterioro del derecho humano al agua en la República Mexicana y la insuficiencia de los mecanismos jurídicos políticos para detenerla”.

Asimismo, resolvió: “alertar por los niveles de conflictividad social en la República Mexicana y la ausencia de instrumentos de participación ciudadana para canalizarla.”

A las autoridades del gobierno mexicano, el TLA les recomendó:

“Defender sus leyes, procedimientos, políticas públicas y prácticas cotidianas para el acceso al agua y el ambiente adecuado como un derecho humano fundamental y como un bien social y común, adaptándolas en todo momento a las normas de equidad, eficiencia y sustentabilidad que exigen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los Tratados Internacionales de los que México forma parte”.

“Revisar el sistema de procuración de justicia ambiental, estableciendo órganos jurisdiccionales en la materia con plena autonomía administrativa y presupuestal encargados de la tutela y aplicación de las leyes ambientales de acuerdo al principio de separación de poderes sancionado por la Constitución mexicana.

“Cumplir con las recomendaciones hechas por el TLA en las pasadas Audiencias Públicas de Juzgamiento (III, México, DF, 2006; IV, Guadalajara, 2007; V, Antigua, Guatemala, 2008) y establecer un mecanismo institucional de observación y monitoreo con representación civil y amplia participación ciudadana que garantice la atención y cumplimiento de dichas recomendaciones”.

“Resolver los vacíos y omisiones legales existentes en la normatividad hídrica y medioambiental mexicana, sobre todo en lo que se refiere a los reglamentos y procedimientos que permitan la justa aplicación de los principios y derechos humanos establecidos en la Constitución, las leyes nacionales y los tratados internacionales.

“Recordar a las autoridades de los poderes públicos mexicanos de los tres niveles federativos su obligación de garantizar el aprovisionamiento del recurso hídrico para beneficio de las personas antes de los aprovechamientos lucrativos por parte de empresas”.

De las cuatro instancias del gobierno mexicano denunciadas ante el TLA no han contestado nada dos: la Secretaría de Salud y la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales; las otras dos han contestado:

Profepa: que “no cuenta con atribuciones en materia de agua y sistemas hídricos, circunstancia por la que el procurador federal de protección al ambiente jurídicamente se encuentra imposibilitado para la intervención en el caso de referencia así como para exponer los criterios y argumentos pertinentes tanto científico técnicos, jurídicos, económicos o políticos, en respuesta a los fundamentos de la acción”. (Carta al TLA del 30 de octubre de 2012)

Por su parte, la CONAGUA se ha referido al tribunal con la expresión de que “está imposibilitada de imponerse de los argumentos en los que se finca el supuesto caso y menos aun de acudir a la audiencia de mérito por no ser un Tribunal que se encuentre dentro del marco legal del gobierno de México”. (Carta al TLA del 8 de noviembre de 2012).

Con las respuestas se confirma lo denunciado por la ANAA, que en la devastación ambiental en México causada por la depredación del sistema hídrico nacional, el Estado mexicano “desempeña un papel central”.


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