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La Jornada; Contra la criminalización de la protesta social

12 de febrero de 2013

Martes 12 de febrero de 2013, por acuddeh

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha dicho en rei­teradas ocasiones que la participación política y social, a través de la manifestación pública, es importante para la consolidación de la vida democrática de las sociedades. Por ello a los estados corresponde evitar en todo momento el uso de la fuerza contra las protestas sociales (OEA/Ser.L/V/zz. 124, doc. 5 rev. 1, párr. 190.). Si México aspira entonces a vivir en una cultura basada en los derechos humanos, es menester que reconozca la legitimidad del derecho a la protesta. Por lo general este derecho se ve afectado por prohibiciones o apreciaciones erradas que la sociedad misma tiene sobre el tema: son recurrentes en algunos medios, o en declaraciones de algunos miembros de la clase política, valoraciones que estigmatizan a las personas que se manifiestan en el es­pacio público. Muchas veces se realizan, unido a lo anterior, detenciones arbitrarias, arguyendo leyes que penalizan y dificultan el pleno ejercicio de este derecho. No obviamos mencionar la existencia de leyes que contemplan tipos penales amplios y ambiguos, como el de terrorismo, que se asocian con el ejercicio de este derecho y, por tanto, ponen en riesgo la participación de las personas y colectivos en actividades legítimas y propias de un Estado democrático. Este es el escenario en el que se enmarca la campaña Protestar es un derecho, reprimir es un delito. Con ella también se busca alertar y sensibilizar a la sociedad sobre este tema. Se invita a las redes sociales a sumarse para "viralizarla", a través de la página de Facebook Protestar es un derecho, y de la cuenta de Twitter @ProtestaresDDHH.

Contra la criminalización de la protesta social

Miguel Concha

Con el propósito de lanzar por segunda ocasión la cam­paña Protestar es un derecho, reprimir es un delito, el pasado martes se dieron cita en las instalaciones de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal diversas organizaciones. El relanzamiento responde a las constantes violaciones al derecho a la protesta social, así como a la ininterrumpida criminalización de movimientos sociales y las reiteradas agresiones contra defensoras y defensores de derechos humanos en el país.

En 2008 la Red Nacional de Or­ganismos Civiles de Derechos Hu­manos Todos los Derechos para To­das y Todos impulsó la primera versión. En ese entonces ya se denunció que en México existe una lacerante violencia estructural, ejercida por las instituciones y el sistema económico imperante ( La Jornada, 26/2/08). Lamentablemente dicha situación sigue vigente, y los hechos del 1º de diciembre detonaron un sinfín de preocupaciones en ese sentido. Se desató un debate sobre la amplitud y los patrones registrados hasta ahora en la criminalización de la protesta social a lo largo y ancho del país.

El "ojo del huracán", sin embargo, estuvo en el Distrito Federal, pues no se olvida que hubo graves violaciones a los de­rechos humanos, sobre todo de jóvenes, durante los actos de protesta en el Centro Histórico. La percepción de impunidad de lo acontecido, y el incremento de políticas encaminadas a la criminalización, exigen levantar la voz una vez más: no se puede aceptar que el derecho a disentir y protestar de las personas y los pueblos esté siendo violentado, debido a los intereses injustos de los grandes capitales, de clases políticas autoritarias e involucradas en actos de corrupción, y de medios de comunicación nada comprometidos con la democracia y los derechos humanos en México.

Con ello se pone de manifiesto que existe en el país una política represiva para desactivar a cualquier grupo que se organiza o pretende hacerlo para defender pacíficamente sus derechos humanos en el ámbito público. El derecho a la protesta está garantizado en la Constitución y en los tratados internacionales aprobados por México, los que protegen derechos humanos, ya que la pasada reforma al artículo 1º les otorgó a ellos el mismo nivel jurídico que la Carta Magna. En la Convención Americana sobre Derechos Humanos el derecho a la protesta está implícito de manera contundente en los artículos 15 y 16, que disponen el derecho de todas las personas a la reunión y asociación de manera pacífica. Asimismo, en el artículo quinto, inciso a), de la Declaración sobre defensoras y defensores de los derechos humanos, emitida por la Organización de las Naciones Unidas, se menciona claramente el derecho a la manifestación social, es decir, a la protesta. Este derecho se basa en el reconocimiento y protección de una serie de derechos, e incluye las libertades de expresión y opinión, así como la libertad de asociación, la libertad de reunión pacífica y los derechos sindicales, en particular el derecho a huelga, tal como se menciona en los informes sobre defensores de derechos humanos que la ONU ha presentado (A/62/225, párr. 12).

Así, tenemos que en la legislación internacional este derecho se reconoce y se encomia como una herramienta que las personas y los pueblos tienen para hacer exigible el respeto de su dignidad. Es también una forma de apropiación de los espacios públicos por la sociedad, para mostrar pacíficamente sus disensos contra el Estado, buscando con ello evitar que éste gobierne para sí mismo, olvidándose de su principal tarea de respetar y proteger los derechos de las personas que habitan o transitan por su territorio. Los estados deben entonces por un lado abstenerse de realizar cualquier acto que interfiera en las protestas llevadas a cabo en sus jurisdicciones, pero al mismo tiempo tienen la obligación positiva de proteger a las personas que ejercen este derecho, sobre todo cuando defienden derechos pertenecientes a grupos en situación de vulnerabilidad, o bien cuando se denuncian graves violaciones emanadas de la imposición de un agresivo sistema económico injusto, como las protestas contra los megaproyectos, impulsados por grandes capitales trasnacionales.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha dicho en rei­teradas ocasiones que la participación política y social, a través de la manifestación pública, es importante para la consolidación de la vida democrática de las sociedades. Por ello a los estados corresponde evitar en todo momento el uso de la fuerza contra las protestas sociales (OEA/Ser.L/V/zz. 124, doc. 5 rev. 1, párr. 190.). Si México aspira entonces a vivir en una cultura basada en los derechos humanos, es menester que reconozca la legitimidad del derecho a la protesta. Por lo general este derecho se ve afectado por prohibiciones o apreciaciones erradas que la sociedad misma tiene sobre el tema: son recurrentes en algunos medios, o en declaraciones de algunos miembros de la clase política, valoraciones que estigmatizan a las personas que se manifiestan en el es­pacio público. Muchas veces se realizan, unido a lo anterior, detenciones arbitrarias, arguyendo leyes que penalizan y dificultan el pleno ejercicio de este derecho. No obviamos mencionar la existencia de leyes que contemplan tipos penales amplios y ambiguos, como el de terrorismo, que se asocian con el ejercicio de este derecho y, por tanto, ponen en riesgo la participación de las personas y colectivos en actividades legítimas y propias de un Estado democrático. Este es el escenario en el que se enmarca la campaña Protestar es un derecho, reprimir es un delito. Con ella también se busca alertar y sensibilizar a la sociedad sobre este tema. Se invita a las redes sociales a sumarse para "viralizarla", a través de la página de Facebook Protestar es un derecho, y de la cuenta de Twitter @ProtestaresDDHH.


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